La fiscala de Ejecución Celia Beckelman, encargada de la causa a Fernando González Karjallo, hijo del usurero Ramón González Daher y condenado a 5 años de cárcel por lavado de dinero, presentó una acción de inconstitucionalidad en contra del Auto Interlocutorio N° 351 de fecha 14 de octubre de 2025, dictado por el Tribunal de Apelación Penal Integrado por los camaristas Arnulfo Arias (preopinante), Paublino Escobar y Adriana Giagni Rojas.
Mediante dicha resolución el tribunal de alzada hizo lugar al recurso planteado por la defensa del hijo del usurero luqueño Ramón González Daher; y revocó la resolución de la jueza de Ejecución Sandra Kirchhofer, quien había rechazado la promoción al periodo de prueba del condenado a 5 años de cárcel por lavado.
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Al respecto, Beckelman fundamenta que no solo hubo una aplicación errónea de las disposiciones emanadas de los órganos legislativos y judiciales, quienes consideraron como se logra la readaptación del que quebró la paz social y el tiempo que debe cumplir para lograr revertir tal conducta, sino que además pareciera que el Tribunal de Apelaciones “desconociera el método que el Estado reguló la forma de ejecución de la pena”.
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“Si tomamos la postura de la misma tendríamos que la ejecución de la pena solo sería una simple privación de la libertad sin otro fin que el aislamiento de aquel que quebró el orden social”, resalta parte de la argumentación del escrito de acción de inconstitucionalidad promovida por la agente del Ministerio Público.
Hijo de RGD debe terminar tratamiento, según Fiscalía
La fiscala de Ejecución señala también en su acción que el fallo del Tribunal de Alzada viola o ignora, en detrimento de la seguridad social, el procedimiento de la ejecución de la pena dispuesto por el sistema de ejecución; en atención que dispone de manera “incongruente y arbitraria”.
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Agrega que en el caso de Fernando González Karjallo, sin un estudio del periodo de tratamiento, así como dispuso la jueza de Ejecución Sandra Kirchhofer, no se puede deducir que el condenado tenga el grado de confianza para disminuir las restricciones, sin que esté preparado para someterse a la aplicación de prueba.

A criterio de Beckelman resulta indispensable que Fernando González Karjallo primero culmine su tratamiento, a fin de lograr un proceso de autoconocimiento y adquirir las herramientas necesarias para su reinserción progresiva en la sociedad; siendo indispensable para que adquiera las herramientas necesarias para evitar que vuelva a delinquir y ponga en riesgo la paz social.
Finalmente, la agente del Ministerio Público solicita a la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que haga lugar a la acción promovida, declare inconstitucional el fallo del tribunal de alzada y, en consecuencia, suspenda los efectos de la resolución impugnada, pues de lo contrario ocasionaría gravámenes irreparables a la fiscalía.
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Víctimas de usura de RGD temen impunidad
Las víctimas de usura del clan González Daher advierten que la resolución de la Cámara de Apelaciones que otorgó a Fernando González Karjallo, la promoción al período de prueba, “es un paso más a la impunidad”, en atención a que el condenado a 5 años de cárcel está acusado junto a su esposa Carolina González y su madre, Delcia Karjallo, por supuesto lavado de dinero proveniente del esquema de usura.
“Esto es un paso más a la IMPUNIDAD, porque Fernando González Karjallo se salvó por omisión de los fiscales de una condena igual a la de su padre, por usura agravada, de 15 años en lugar de los 5 años por lavado de dinero. Ahora por BUENA CONDUCTA, siendo que está acusado por lavado de dinero con su madre, en un nuevo juicio, le quieren dar una libertad que no corresponde”, resaltan parte del comunicado de las víctimas del usura.
Al respecto señalan que el Código de Ejecución Penal establece que, para la concesión de las salidas transitorias o la incorporación al régimen de semilibertad, se requiere haber cumplido por lo menos la mitad de la pena, no tener causa abierta u otra condena pendiente, poseer buena conducta y merecer, por parte del organismo técnico-criminológico y del consejo de asesor del establecimiento, un concepto favorable respecto a su evolución y sobre el efecto beneficioso que la salida o el régimen de semilibertad pudieran tener para el futuro personal, familiar y social del interno.
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En cuanto a la conducta de González Karjallo, recuerdan que en enero de este año, durante una inspección realizada en la Penitenciaría de Coronel Oviedo, los intervinientes incautaron de su celda teléfonos celulares y bebidas alcohólicas, situación totalmente ajena a la buena conducta que exige la norma, según remarcan las víctimas del clan.
