Caso Líder Ríos: confirman condena al policía Oliver Lezcano

El policía Oliver Lezcano (centro) en el juicio oral y público en el que fue condenado a 23 años de cárcel por el crimen del militar Líder Ríos. Fue en agosto pasado.
El policía Oliver Lezcano (centro) en el juicio oral y público en el que fue condenado a 23 años de cárcel por el crimen del militar Líder Ríos. Fue en agosto pasado.Gentileza

Un Tribunal de Apelación confirmó la condena de 23 años de cárcel para el policía Oliver Daniel Lezcano Galeano, por el asesinato del personal militar Líder Javier Ríos, ocurrido el 12 de enero de 2023. Por otro lado, la Cámara anuló la pena de 10 años de la pareja del policía, Ada Arasy Ruiz Díaz, quien afrontará nuevo juicio oral y público.

El juicio oral y público por el asesinato del militar Líder Javier Ríos concluyó el 30 de agosto pasado, el suboficial de Policía Oliver Daniel Lezcano Galeano y su pareja, la estudiante de Derecho Ada Arasy Ruiz Díaz fueron sentenciados a 23 y 10 años de cárcel, respectivamente.

Este fallo fue apelado por los abogados Alcides Burgos y Zaira Ovando en representación de la universitaria y por las abogadas Gilvi María Quiñónez y Laura Beatriz López, defensoras del uniformado.

Hoy, el Tribunal de Apelación en lo penal, segunda sala, resolvió confirmar parcialmente la sentencia definitiva N° 420, dictada por el Tribunal de Sentencia presidido por Fabián Weisensee e integrado por Laura Ocampo y Cándida Fleitas.

Pareja de Lezcano tendrá nuevo juicio para medición de la pena

Por unanimidad, los camaristas Bibiana Benítez Faría, José Agustín Fernández y Delio Vera Navarro ratificó la condena de 23 años de encierro -18 años de pena privativa de libertad y 5 años de medidas de seguridad- por homicidio doloso para Oliver Lezcano, pero anuló la pena de 10 años de cárcel impuesta a su pareja, por homicidio doloso en grado de complicidad.

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La estudiante de Derecho Ada Ruiz Díaz afrontará un nuevo juicio para la medición de la pena.
La estudiante de Derecho Ada Ruiz Díaz afrontará un nuevo juicio para la medición de la pena.

La defensa de Ruiz Díaz alegó que el colegiado incurrió en una falta de motivación suficiente en lo que respecta a la medición de la pena, que -a su criterio- resulta “contradictoria y vulneratoria de principios constitucionales y legales”.

La camarista Bibiana Benítez explica que el Tribunal no aplicó debidamente el art. 67 del C.P., que regula los marcos penales en caso de circunstancias atenuantes especiales, con lo cual incurrió en error in iudicando (aplicación incorrecta de la ley sustantiva) y error in procedendo (falta de motivación suficiente).

En este sentido, la magistrada explica que si bien el colegiado realiza una explicación de lo que es ser “cómplice” en el derecho penal paraguayo, “no construye el nuevo marco penal atenuado ni fundamenta (en ningún apartado de la sentencia) por qué la pena de 10 años resulta compatible con dicho marco, es decir, la consecuencia jurídica de la remisión al art. 67 es que el juzgador debe construir un nuevo marco de punibilidad específico para el cómplice, y recién dentro de ese marco aplicar los criterios de medición del art. 65″.

Misa en memoria de Líder Javier  Ríos Cañete en la plaza España de Asunción
Misa en memoria de Líder Javier Ríos Cañete en la plaza España de Asunción

Por esta razón, Benítez vota por la nulidad del punto 7 de la sentencia, el que establece la pena de 10 años para Ruiz Díaz y por el reenvío de la causa a otro tribunal, para realizar un nuevo juicio a la acusada, únicamente con relación a la pena.

Ratifican condena y medidas de seguridad para Oliver Lezcano

Con relación a los agravios expuestos por la defensa de Lezcano, que pidió nulidad de la sentencia por supuestos vicios de razonamiento, Benítez explica que estos no se verifican en la sentencia.

La camarista concluye que el Tribunal de Sentencia fundamentó correctamente su decisión e indicó con claridad los elementos considerados para estimar la peligrosidad del acusado, respetando los principios de proporcionalidad, por lo que los demás puntos de la sentencia deben ser confirmados.

Los demás integrantes de la sala acompañaron este voto.

El crimen del militar Líder Javier Ríos

El cuerpo sin vida del sargento 1° Líder Javier Ríos Cañete, de 27 años, fue encontrado el 24 de enero de 2023 en la entrada al club El Mbiguá de Asunción, 12 días después de que el uniformado fuera ejecutado con un tiro en la cabeza en la plaza España.

Líder Javier Ríos Cañete, militar asesinado.
Líder Javier Ríos Cañete, militar asesinado.

La investigación reveló que el 12 de enero a las 22:40, Líder recibió un llamado para hacer un viaje dentro de la plataforma Bolt, servicio que realizaba en sus horas libres como militar en su automóvil Volkswagen Gol. Era su segundo viaje. El pedido se hizo frente al Hospital Regional de Luque.

El militar alzó a su pasajero Oliver Lezcano, y le marcó que el destino era una dirección frente a la plaza España. Lezcano fue detenido el 24 de enero del mismo año y reveló dónde arrojó el cuerpo de Líder.

Fuga, supuesto “descuartizamiento” y recaptura

Lezcano cumplía prisión preventiva por esta causa en la Penitenciaría Nacional de Tacumbú; sin embargo, huyó del reclusorio el 27 de septiembre del 2023 y por esto fue declarado en rebeldía.

En la época, el paradero de Lezcano era un gran misterio, pues el entonces ministro de Justicia, Ángel Barchini, había dicho que el agente había sido descuartizado dentro de la cárcel de Tacumbú por el clan Rotela, lo que generó una crisis penitenciaria.

El policía fugado de Tacumbú, Oliver Lezcano, fue recapturado hoy por la Policía Nacional.
El policía fugado de Tacumbú, Oliver Lezcano, fue recapturado en marzo de 2024 por la Policía Nacional.

Desde la clandestinidad, Lezcano difundió un video para aclarar que estaba vivo.

Finalmente, Lezcano fue detenido el 8 de marzo de 2024 en Itauguá, al mando de un vehículo denunciado como hurtado en el barrio Pinozá de Asunción, el día anterior.