Fiscalía pide 10 años de cárcel para el periodista Carlos Granada

Carlos Granada, en juicio, junto con sus abogados Álvaro Arias y Sandra Rodríguez.
Carlos Granada, en juicio, junto con sus abogados Álvaro Arias y Sandra Rodríguez. Gustavo Machado

El Ministerio Público presentó sus alegatos finales en el marco del juicio al periodista Carlos Granada y, también, solicitó una pena de 10 años de privación de libertad para el mismo. El mismo está procesado por presunto acoso sexual y otros hechos punibles contra la autonomía sexual de un grupo de trabajadoras de prensa.

Las representantes del Ministerio Público, las fiscalas Claudia Aguilera, Luz Guerrero y Nathalia Silva, presentaron hoy sus alegatos finales en el marco del juicio oral y público contra el ex gerente de prensa del Grupo Albavisión, Carlos Javier Granada Fernández. La agentes solicitaron al Tribunal de Sentencias la aplicación de una pena de 10 años de cárcel para el mismo.

Para las agentes fiscales quedó probado durante el juicio, que inició en el mes de mayo de 2025, que el acusado cometió los hechos de coacción, coacción sexual y abuso sexual contra trabajadoras de prensa del medio de comunicación a cargo del cual se encontraba encargado, cuando se registraron los mismos.

El debate público sobre la causa que involucra a Carlos Granada está a cargo del Tribunal de Sentencias, que está presidido por la jueza Laura Ocampo e integrado por Cándida Fleitas y Juan Pablo Mendoza.

El juicio prosigue este martes, a partir de las 7:30, con la presentación de los alegatos finales por parte de la querella, representada por el abogado Rodrigo Yódice, para luego dar lugar a la exposición de la defensa de Granada.

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Carlos Granada, acusado de supuesto acoso sexual

La acusación del Ministerio Público en contra de Carlos Javier Granada Fernández es por los hechos punibles de acoso sexual, coacción y coacción sexual, supuestamente cometidos contra un grupo de trabajadoras de prensa del Grupo Albavisión, donde el mismo se desempeñaba como gerente.

La presente causa penal se inició luego de que varias trabajadoras de prensa del Grupo Albavisión (de los canales SNT y C9N) presentaran denuncia ante el Ministerio Público en contra de Carlos Granada, en mayo de 2022, argumentando que en reiteradas ocasiones las acosó sexualmente.

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En el requerimiento conclusivo presentado el 23 de agosto de 2023, las fiscalas Nathalia Silva, Luz Guerrero y Claudia Aguilera nombran a las víctimas de los ataques sexuales y resaltan que los relatos son coincidentes con los testimonios brindados en sede fiscal, así como los brindados en oportunidad de la contención psicológica y toma de relatos realizados ante las psicólogas del Centro de Atención a Víctimas del Ministerio Público.

Carlos Granada fue imputado el 27 de agosto de 2022 por presuntamente haber cometido coacción, coacción sexual y acoso sexual mientras ejercía una gerencia en Canal 9. Recién el 11 de noviembre de ese año se puso a disposición de la Justicia y el juzgado de Garantías ordenó su prisión preventiva en la cárcel de Emboscada.

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El 17 de febrero de 2023, Granada dejó la prisión y pasó a cumplir arresto domiciliario, bajo una fianza de G. 900 millones, hasta que el 19 de mayo de 2024 el periodista obtuvo la libertad ambulatoria, por compurgamiento de la pena mínima, según dispuso el entonces juez de Garantías de la causa Julián López (hoy jubilado).

“Modus operandi” de Granada, según fiscalía

La Fiscalía probó que el ‘modus operandi’ de Granada consistía en, primeramente, determinar las vulnerabilidades de las víctimas, es decir, conocer a profundidad la situación de cada una de las trabajadoras de prensa que fueron víctima de coacción, acoso sexual y coacción sexual. Los hechos ocurrieron desde el 2016 hasta abril del año 2022, cuando se dieron las renuncias masivas de las víctimas.

Cándida Fleitas, Laura Ocampo (presidenta) y Juan Pablo Mendoza integran el Tribunal de Sentencia que juzga a Carlos Granada.
Cándida Fleitas, Laura Ocampo (presidenta) y Juan Pablo Mendoza integran el Tribunal de Sentencia que juzga a Carlos Granada.

Posteriormente el entonces gerente de prensa del Grupo Albavisión convocaba a las víctimas a su oficina, ubicada en el edificio de Canal 9, que tenía una sola venta, por ende, era muy poco iluminada. En lugar se reunía con ellas a solas, les hablaba de cuestiones privadas y situaciones que no estaban relacionadas al trabajo, según relatos las fiscales en sus alegatos finales.

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De acuerdo con lo resaltado por las agentes del Ministerio Público, seguidamente Granada procedía a los besos forzados y manoseos, primeramente en las piernas y manos, hasta llegar a los glúteos y senos. Incluso, en algunos casos llegó hasta las zonas genitales de sus víctimas.

Específicamente, las fiscalas puntualizaron en sus alegatos finales que en tres casos el ahora acusado llegó a manosear a sus víctimas en las zonas genitales y los senos; mientras que en dos casos concretos se produjo el coito forzado, no consentido, por parte del ahora encausado en contra de las comunicadoras.

Amenazaba a víctimas con dejarlas sin trabajo

Además de la declaración de las seis víctimas que presentaron la denuncia que inició la presente causa, el Ministerio Público también presentó testimonios de otras diez trabajadoras de prensa que también fueron víctima de Carlos Granada, hechos que ya no pudieron ser juzgados en el presente juicio porque operó la prescripción para la acción penal.

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De las seis víctimas de acoso sexual, coacción y coacción sexual, actualmente prácticamente todas están fuera de los medios de comunicación a consecuencia de lo ocurrido. Incluso una de las trabajadoras de prensa afirmó en su declaración en el juicio oral, que “aborrece el periodismo”.

“El acusado (Carlos Granada) las intimidaba, amenazaba y las tenía absolutamente subyugadas, con la advertencia de que si es que ellas hacían algo, verían afectadas sus condiciones laborales, que si denunciaban el hecho él les ‘iba a cagar’ y que si salía a la luz lo ocurrido, ellas no iban a conseguir ningún lugar donde trabajar”, puntualizaron las agentes del Ministerio Público.

De acuerdo con la conclusión de las fiscalas, el hecho punible de coacción se da porque las víctimas fueron obligadas a tolerar circunstancias que las mismas no debían admitir; el acoso sexual porque se demostró la existencia del hostigamiento y la persistencia del autor a los efectos de obtener beneficios laborales, utilizando su autoridad e influencia; y la coacción sexual debido a los actos sexual concretados mediante el uso de la fuerza.

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