La Corte “mintió” con la “aclaratoria”

La Corte Suprema de Justicia emitió una aclaratoria en la que excluye del pedido de inconstitucionalidad el artículo referente a la declaración de bienes. Sin embargo, impugna otros dos que de igual manera dejan sin efecto este precepto constitucional.

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Tras la polémica desatada por un fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) a su propio pedido de inconstitucionalidad, que exime a todos los funcionarios judiciales de realizar la declaración jurada de bienes, deber impuesto en la Constitución Nacional, la Corte realizó una aclaratoria, por un supuesto error de la abogada que los representó, Mirtha Morínigo, directora jurídica de esta máxima instancia judicial.

Sin embargo, en la resolución de la CSJ, con fecha 15 de febrero de este año, hace lugar a excluir de la acción de inconstitucionalidad el artículo 2 de la ley 5033/13 que reglamenta el mandato de la Carta Magna.

Lo curioso es que el artículo 1, que sigue impugnado, menciona al sujeto obligado a estas disposiciones, por lo que se entenderá como funcionario a toda persona nombrada, contratada o electa por elección popular para prestar servicios en los poderes del Estado (...) y en general quienes perciban remuneraciones provenientes de fondos públicos”, expresa.

El artículo 2, excluido en la aclaratoria, sostiene que “las personas señaladas en el artículo precedente presentarán declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos a la Contraloría General de la República. Mientras que el artículo 3, que también quedó como anticonstitucional, indica los requisitos que deberá contener esta declaración jurada de bienes.

Por lo tanto, “es una aclaratoria falaz al impugnar los sujetos, cae el segundo artículo. Impugnan los sujetos (art. 1) y el contenido de la declaración (art. 3), en consecuencia seguirán sin formular la declaración jurada de bienes. Mintieron a la prensa y ciudadanía”, explicó sobre lo expuesto el senador nacional Eduardo Petta (ANR).

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Además, el legislador apuntó a que la Corte –como institución– no cuenta con legitimación para promover la acción. “Ella debe ser promovida por el particular afectado; es decir por cada ministro, magistrado o funcionario afectado; por lo mismo la asesora de la Corte tampoco cuenta con personería para promover la acción. Los ministros de la Corte están usando de los servicios de un funcionario (es decir de los recursos del Poder Judicial) para promover una acción que debe costearse cada uno”, refutó.

 

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