Deben traer “prueba” de voto

El ministro de la Función Pública, Humberto Peralta, emitió una circular en la cual “insta” a los funcionarios a ir a votar, y les pone un plazo de 48 horas para presentar su comprobante de voto, de lo contrario, advierte que serán sancionados.

/pf/resources/images/abc-placeholder.png?d=2061

Cargando...

El documento fue emitido el viernes 20 de abril a las 14:48 y su veracidad fue corroborada por el propio ministro Humberto Peralta, quien atendió a nuestro llamado y confirmó que él emitió la circular.

En la comunicación, se insta a todos los funcionarios que conforman la Secretaría de la Función Pública a “ejercer el derecho constitucional del sufragio”, recordándoles que es “un derecho, deber y función pública del elector”.

Les recuerda además que el voto es una obligación de los ciudadanos y “en especial de los servidores públicos”.

Hasta este párrafo del comunicado, todo se desarrolla en el marco de la normalidad, pues solo se trata de una recomendación al funcionario, pero en las siguientes líneas se expresa que los funcionarios deben presentar su comprobante de voto en un plazo máximo de 48 horas posteriores a la votación ante la Dirección de Gestión y Desarrollo de Personas de la DFP, para que el comprobante sea archivado en el legajo del funcionario público.

Lo más llamativo viene en último párrafo, donde se advierte claramente que a los funcionarios que inclumplan esta obligación se les aplicarán “sanciones administrativas leves y pecuniarias”.

En comunicación con ABC Color, el ministro Humberto Peralta justificó totalmente la emisión de la circular diciendo que son elecciones generales y el funcionario público tiene la responsabilidad de cumplir con sus obligaciones cívicas, dando ejemplo a la ciudadanía.

“Si fuera elecciones internas no correspondería, pero es una elección general y son libres de votar por el candidato de su preferencia”, dijo.

Al consultársele sobre el motivo por el que exige un comprobante de voto, y si no considera que está sobrepasando la intimidad de sus funcionarios, argumentó que la obligación empieza por él mismo, y que el comprobante sirve para que “el siguiente responsable de esta secretaría vea en los legajos quiénes son los funcionarios con los que puede contar para trabajar de cerca, y son los que cumplen con su responsabilidad constitucional”.

Se le consultó también cuáles son las sanciones a las que estarían sometidos los funcionarios que no presenten su comprobante de voto, a lo que respondió que serán pasibles de multas de un jornal, y amonestaciones que quedarán registradas en sus respectivos legajos.

Aclaró por último que no solo es exigente en lo que refiere al voto, sino que también exige funcionarios ejemplares en otros aspectos: “Como ministro no permito funcionarios que figuren en Informconf o que estén denunciados por hechos de violencia de cualquier tipo”, arguyó.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...