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Así, la máxima instancia judicial declaró la inaplicabilidad de la Resolución Nº 2695, de fecha 14 de junio de 2017, dictada por la Cámara de Diputados en relación al diputado Julio Javier Ríos Bogado, por lo que el diputado colorado Julio Ríos deberá volver inmediatamente a ocupar su lugar de representante ante el Consejo de la Magistratura, en vez del diputado Clemente Barrios (colorado, cartista), quien había tomado su puesto.
Recordemos que el 14 de junio pasado la Cámara de Diputados realizó el cambio de su representante ante el Consejo de la Magistratura (CM) y designó al diputado Clemente Barrios como miembro titular, en reemplazo de Julio Javier Ríos.
En ese momento, el parlamentario se sintió afectado por el cambio y recurrió a la Corte por la vía de la inconstitucionalidad. Atacó la Resolución N° 2695, por la cual lo dejaron fuera del CM, y, según su demanda, lesionaron sus derechos constitucionales.
La Sala Constitucional de la Corte, integrada por los ministros Antonio Fretes, Gladys Bareiro de Módica y Miryam Peña, resolvió darle trámite a la acción presentada por el diputado colorado, pero no se expidió sobre la medida cautelar que solicitó, que tenía el objetivo dejar sin efecto el documento impugnado, mientras se resuelve la inconstitucionalidad.
Los ministros de la Corte solo aceptaron la acción y le corrieron vista a la Fiscalía General del Estado para que emita un dictamen al respecto.
El diputado Julio Javier Ríos atacó la nulidad de la resolución por la que fue cambiado alegando que su mandato de tres años no está fenecido y tampoco hay vacancia del cargo. Para el parlamentario, su cambio como miembro del consejo fue una represalia por apartarse del cartismo. Recordemos que en su lugar se colocó a un leal al Gobierno como el diputado Clemente Barrios.
En su momento, el diputado Julio Javier Ríos recordó también que solo puede ser removido de su cargo en el Consejo de la Magistratura a través de un juicio político, hecho que no se dio.