Destacan beneficios de la domiciliación bancaria

La domiciliación bancaria generará importantes beneficios para los asalariados, tanto del sector público como privado, destacó a ABC Cardinal José Brítez, superintendente de banca de consumo del banco Itaú.

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El funcionario del banco Itaú, de capital brasileño, manifestó que la domiciliación permite que, una vez que la remuneración se haya acreditado en la entidad financiera elegida por la entidad pagadora (por ejemplo, el Estado optó por el Banco Nacional de Fomento [BNF]), el cliente puede ejercer el derecho a decidir cuál será la entidad por medio de la cual desea percibir finalmente sus haberes.

El proceso de migración de las cuentas de un total de 108.000 funcionarios, desde los bancos privados hacia el BNF, se ha iniciado este mes de octubre, sigue en el próximo y se completará en diciembre, por disposición de la Ley de Presupuesto.

Paralelamente, los bancos privados no solo buscan retener a sus clientes, sino también captar nuevos por la vía de la domiciliación, figura admitida por el Banco Central del Paraguay (BCP).

El superintendente de banca de consumo del banco Itaú, José Brítez, comentó que el citado banco cuenta actualmente con más de 300 cajeros automáticos de la Red Infonet, distribuidos en toda la República, los que representan el 30% de todos los ATM (Automated Teller Machine) del Paraguay.

Agregó que por la utilización de esta plataforma de cajeros la mencionada entidad bancaria no genera costo alguno para el asalariado. "Los puede usar cuantas veces quiera, que no va a pagar absolutamente nada", insistió.

Un oyente de la radio ABC Cardinal preguntó si puede ser penalizado si, al mudarse a otro banco, no puede mantener un saldo en su banco de origen. Brítez explicó que no se prevé multa alguna en ese caso. "Se puede tener 'cero de saldo' y eso no tiene costo alguno", enfatizó.

Ante la consulta sobre el caso de los asalariados que perciben sus haberes cooperativos, el ejecutivo bancario aclaró que en ese caso tendrán que seguir manteniendo su operación con las cooperativas, puesto que las mismas no están dentro del amparo presentado por el Banco Central del Paraguay (BCP) que, de hecho, carece de jurisdicción sobre los entes cooperativos.

 

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