Doble salario por un solo cargo

La directora de Cultura de la Municipalidad de Luque, Beatriz Arrúa de Martínez, percibe doble salario, proveniente de la comuna local y del Ministerio de Educación y Cultura. Para la Secretaría de la Función Pública, el cobro es irregular.

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Beatriz Arrúa de Martínez asumió el cargo de directora de Cultura en diciembre de 2015, de mano del intendente Carlos Echeverría (ANR), pero recién el 27 de julio el ministro Enrique Riera firmó su comisionamiento del MEC a la Municipalidad de Luque, según consta en la resolución Nº 12.630.

En la Comuna de Luque, su salario total es de G. 5.700.606 (sueldo base de G. 4.502.606, con una bonificación por responsabilidad de G. 1.000.000 y un subsidio para la salud de G. 198.000). El horario que cumple es de 07:00 a 13:00, de lunes a viernes, y los sábados, de 07:00 a 11:00. Entretanto, por cumplir las mismas funciones el MEC le paga G. 4.149.540. Es decir, mensualmente, cobra un total de G. 9.850.146 por ser directora de Cultura de la ciudad de Luque.

Arrúa, en diciembre de 2015, cuando dejó la Supervisión Pedagógica de Luque, pidió su traslado a dos instituciones educativas de la ciudad: la escuela Santo Tomás, para cumplir funciones de coordinadora pedagógica en el turno noche, y el colegio Defensores del Chaco, como bibliotecaria del turno tarde. Sin embargo, según el informe del 17 de marzo de 2016 presentado al supervisor administrativo regional 9 de Luque, Luis Alberto Flores, por la directora de la Escuela Santo Tomás, Norma Ramos, y el director del colegio Defensores del Chaco, Pedro Pablo Benítez, la mujer nunca asistió a cumplir con sus funciones.

El 21 de junio se realizó nuevamente un urgimiento de ambos directores a la Coordinación departamental sobre la ausencia de Arrúa de Martínez, en tanto que el 27 de junio, el supervisor administrativo Luis Alberto Flores elevó el informe a la coordinadora departamental de Educación, Lilian Beatriz Justiniano Aguilera, sobre la situación de la docente.

El 6 de julio, Flores solicitó informes sobre las medidas administrativas asumidas con respecto a la funcionaria. La respuesta llegó el 26 de agosto, ya con el informe de "traslado temporal" firmado por el ministro Enrique Riera. La mujer nunca fue sancionada por incumplir sus labores; sin embargo, según el portal Datos.gov.py, ella percibió su salario hasta julio (aún no fue incluido el mes de agosto en dicho sitio). También en la planilla de la Municipalidad de Luque consta que percibió su salario hasta agosto.

Consultada al respecto, Arrúa de Martínez manifestó que no está haciendo nada irregular y que los docentes y el personal de blanco pueden percibir dos salarios. Indicó que ella no maneja mayores datos y que su marido Édgar Martínez fue el encargado de todo el proceso. "Nosotros, los docentes, podemos percibir dos salarios, pero si querés mi marido te puede explicar mejor, porque él manejó el caso. Nosotros cuidamos todos los detalles porque hay personas malas que hacen nomás denuncias sin saber bien", dijo la directora.

Consultada sobre su comisionamiento a las dos instituciones educativas cuyos directores manifestaron que nunca asistió, dijo que sí lo hizo, pero, como fue por poco tiempo, las autoridades no se percataron de su presencia. Indicó que el comisionamiento para la escuela Santo Tomás y el colegio Defensores de Chaco fue un proceso previo para ir a la Municipalidad de Luque. "Eso fue mientras yo esperaba mi comisionamiento para la Municipalidad, fue como un proceso previo, porque la ministra Lafuente trabó todos los comisionamientos", aseveró.

Consultado al respecto, el ministro de la Función Pública, Humberto Peralta, manifestó que el caso es considerado de doble remuneración y que ello no corresponde. Manifestó que por decreto una persona que tenga comisionamiento a una institución no puede recibir doble salario del tipo 111 (sueldo), sino que debe ser como otro rubro, o sea, una bonificación 133 o gasto de representación.

"El Art. 70 del Decreto 4.774 reglamentario de la Ley de Presupuesto expresa que si está comisionado a otra institución no debe percibir 111 -Sueldo- en ambos lugares, solo en la institución de origen, y en la de destino puede percibir Bonificaciones 133 o Gasto de Representación 113, pero no 111 Sueldo. Si así fuese, cobrando dos sueldos 111, entonces estamos en doble remuneración y por el Art. 105 de la Constitución no corresponde", dijo el ministro.

Agregó que tampoco se debe comisionar a personas que en la institución de origen ocupen cargos de confianza, pues para eso se debe ejercer dentro de la misma institución. "Sería aún más grave e inclusive ilegal si el rubro que tiene fuese director pero con rubro docente", puntualizó el ministro.

Según la planilla de pago de la Municipalidad de Luque, Arrúa de Martínez percibe dinero del rubro 111 (sueldo), por lo que indefectiblemente está cobrando doble salario por ejercer una sola función.

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