González Daher recusó al juez Rolando Duarte

Con el argumento de que lo convocó a una audiencia preliminar sin resolver un incidente planteado previamente, y arguyendo arbitrariedad e ilegalidad, la defensa de Óscar González Daher recusó al juez de la causa Rolando Duarte.

/pf/resources/images/abc-placeholder.png?d=2061

Cargando...

El defensor argumenta que está pendiente desde el 3 de enero de 2018, hace un año y cinco meses, un incidente de nulidad absoluta del proceso que había presentado, y el que juez Rolando Duarte nunca resolvió.

Es por este motivo que el viernes 7 de junio la parte acusada presentó un recurso de reposición con apelación en subsidiaria contra la providencia del 7 de mayo de 2019.

Óscar González Daher considera que es responsabilidad del juez de garantías el hecho de no resolver este incidente, y sostienen que “no un planteamiento dilatorio”, pues fue presentado en enero de 2018 .

Es por esto que consideran “arbitrario e ilegal”, que el juez convoque a audiencia preliminar a González Daher para el lunes 10 de junio a las 8:00, antes de haber resuelto lo que ellos habían pedido. A raíz de esto decidieron recusar al juez, lo que implica que ahora debe darse trámite a este planteamiento primero y queda pendiente la audiencia preliminar, además de saber qué determinaciones tomará el juez que salga sorteado. Creen que el magistrado Rolando Duarte incumplió “las normas procesales y el debido proceso”, de la causa caratulada como “Raúl Fernández Lippmann, Óscar González Daher y otros sobre tráfico de influencias y otro”.

El 7 de mayo de 2019, el juez penal de garantías N° 1 Rolando Duarte dictó la providencia "Advirtiendo el proveyente que han sido resueltas las cuestiones planteadas por las partes ante el Tribunal de Alzada”.

En consecuencia, señaló nueva audiencia para el 10 de junio a las 08:00, a fin de que los procesados Raúl Fernández Lippmann, Óscar González Daher, José Carmelo Caballero Benítez, Jorge Antonio Oviedo Matto y Rubén Darío Silva Segovia, comparezcan ante el Juzgado a dar cumplimiento al artículo 352 del Código Procesal Penal. Además, en ese momento, el magistrado les solicitó evitar “planteos dilatorios y/o ejercicio abusivo del derecho”.

La defensa de Daher asegura que ha manifestado en reiteradas ocasiones y a través de varios escritos que el incidente aún estaba pendiente de resolver, pero aún así el juez fijó fecha para la audiencia preliminar.

Consideran además que el juez “pretende cercenar deberes y facultades previstos en el artículo 353 del Código Procesal Penal que hacen al derecho a la defensa y el debido proceso”.

El juez, por su parte, resolvió no hacer lugar a la suspensión de la audiencia preliminar fijada para el 10.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...