Cuando un periodista es agredido o asesinado, es una voz que se apaga y el efecto de la censura recae sobre todos. De hecho, Paraguay ha acumulado 21 periodistas muertos en las últimas tres décadas y entre 600 y 700 casos de violencia y agresión contra comunicadores durante ese tiempo, razón suficiente para pensar en un abordaje legislativo del tema. Una ley de esta naturaleza está codificada como una obligación legal internacional que está entre las garantías de no repetición requeridas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) al Estado paraguayo tras la histórica sentencia dictada después de encontrar al Paraguay responsable del asesinato del periodista Santiago Leguizamón Zaván en 1991.
Puntualmente, la CIDH solicitó “que se tomen medidas para aprobar un proyecto de ley sobre libertad de expresión y para proteger a periodistas, trabajadores de medios y defensores de derechos humanos”. La Corte también recomendó reforzar el trabajo de la Mesa de Seguridad para Periodistas en Paraguay, establecida en 2016 cuando el Estado se comprometió a cumplir con el Plan de Acción de la ONU, a través de una Carta de Intención firmada por tres poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) y la Fiscalía, en colaboración con la Unesco. A estos se sumaron los principales gremios periodísticos. Si bien el proyecto de ley del Senado ahora en consideración busca cumplir con estas obligaciones, un defecto que afecta a su fuerza y aceptabilidad política es que los defensores de DD.HH. estarán bajo la misma regulación que los periodistas. Conviene puntualizar que tanto el periodismo como la protección de los derechos humanos son funciones delicadas y necesarias en una sociedad democrática, pero vincularlas en una sola regulación debilita a ambas. Aunque tienen funciones similares que en algún punto intersectan, naturalmente requieren diferentes abordajes, tanto de los riesgos como de la protección. Como está planteado ahora, este proyecto establece una clase de posibles destinatarios que son excesivamente indeterminados y tienen altos riesgos de déficits presupuestarios para obtener un nivel adecuado de protección. Y conociendo la inquina de los legisladores hacia las ONG y organizaciones de derechos humanos acrecienta su inviabilidad.
Los hechos y la política dictan que se requiere un régimen legal distinto para proteger solo a periodistas. Una investigación preparada por CIDSEP para el proyecto de periodismo libre y seguro mostró que el 61,3% de los consultados consideraron que la protección para los defensores de DD.HH. debe abordarse en otra ley especial.
El Congreso ahora tiene la oportunidad histórica de saldar cuentas con esta deuda que pesa sobre Paraguay desde el caso de Santiago Leguizamón, y se renueva con cada agresión como la que hace 11 años le quitó la vida a Pablo Medina. Ahora es el momento para que el Senado actúe, enfrente y avance en un marco legal robusto, viable y efectivo, que proteja la libertad de expresión como piedra angular de la democracia; para que el trabajo de prensa pueda realizarse sin miedo y sin más condición que contar libremente cómo son las cosas.
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