Rechazan recurso de casación de exfiscala que denunció a Arévalo y Paciello

La Sala Penal de la Corte Suprema declaró inadmisible el Recurso Extraordinario de Casación presentado por la exfiscala Casse Evelyn Giménez contra el Auto Interlocutorio N.º 111 del 10 de mayo de 2024, dictado por el Tribunal de Apelación Penal, Segunda Sala de la Capital. También se rechazó la interposición contra la desestimación de la causa respecto a Orlando Arévalos Zielanko por supuesta posesión de título falso de abogado y de Óscar Paciello Samaniego por tráfico de influencias.

Casse Giménez, fiscala del caso junto con Cristian Ortiz.
Casse Evelyn Giménez, exagente fiscalArchivo, ABC Color

“En este caso en particular, teniendo en cuenta los hechos denunciados, se advierte que la Sra. Casse Evelyn Giménez no posee la calidad de víctima, de conformidad a lo previsto en el art. 67 del C.P.P., pues la misma no resulta ser la persona ofendida directamente en los hechos punibles de: Producción de documentos no auténticos, Producción Mediata e Inmediata de Documentos Públicos de Contenido Falso, Uso de Documentos Públicos de Contenido Falso, Uso de Certificados sobre Méritos y Servicios de Contenido Falso y Tráfico de Influencia denunciados en estos autos, por lo que la misma no posee legitimación para interponer recursos”, declaró el ministro de la Corte Luis María Benítez Riera, según consigna el Auto Interlocutorio N° 471 de fecha 30 de septiembre de 2025.

“Giménez es la denunciante en la presente causa, sin embargo, recordemos que la denunciante no es parte en el proceso, de conformidad a lo establecido el art 288 del C.P.P que dispone: «Participación y Responsabilidad. El denunciante no será parte en el procedimiento y no incurrirá en responsabilidad alguna, salvo cuando las imputaciones sean falsas o la denuncia haya sido temeraria”, añade el documento judicial.

Orlando Arévalo, en fotos de archivo.
Orlando Arévalo, en fotos de archivo.

“En las condiciones señaladas precedentemente, teniendo en cuenta los hechos denunciados, reiteramos, en este caso en particular, la Sra. Casse Evelyn Giménez no posee calidad de víctima, por lo que se tiene que no se cumple con el presupuesto de impugnabilidad subjetiva, circunstancia que trae aparejada la inadmisibilidad del recurso interpuesto, y ante el incumplimiento de la misma se torna inoficioso proseguir con el análisis de los demás requisitos de admisibilidad, pues ante la inobservancia de uno de ellos se conmina al recurso con su inadmisibilidad”, concluye la misiva.

Cómo votaron los ministros

El camarista Arnaldo Fleitas se adhirió al voto de Luis María Benítez Riera, por lo que la Sala Penal del máximo tribunal declaró inadmisible el recurso planteado, quedando así firme la desestimación de la denuncia en todas las instancias.

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La ministra Carolina Llanes, por su parte, votó en minoría por admitir el recurso para estudiar el fondo de la cuestión planteada.

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