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La Ley Nº 7447/2025, ‘que modifica el art. 22 la Ley Nº 620/1976′, · que establece el régimen tributario para las municipalidades de 1ra, 2da y 3ra categorías”, modificado por la Ley 135/1991, promulgada el 6 de enero pasado, que implicó un aumento considerable de los precios de las habilitaciones vehiculares sobre todo en municipios pequeños y generó una inequidad, al equiparar por ejemplo el costo de las patentes para vehículos de alta gama con los más económicos. Durante el receso se planteó derogarla, aunque la nueva propuestas es modificarla parcialmente. Este además está consensuado con la Organización Paraguaya de Cooperación Intermunicipal (Opaci).
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“Actualmente, cada municipio hace lo que quiere, hay una competencia desleal y una migración de contribuyentes. Yo creo que hay ahí una unanimidad de los intendentes de entender que hay necesidad de cambiar. ¿Dónde es el problema? En los costos. Entonces, lastimosamente la ley anterior nunca se cumplió. Los costos, pues cada municipio hacía lo que quería, lo único que cumplía era la Asunción. Lo que ahora este hemos hecho es unificar esos precios para abajo, por decirlo de alguna manera y que pueda ser accesible para la ciudadanía”, comenzó señalando uno de los proyectistas, el diputado Hugo Meza (ANR, líder de la bancada oficialista B).
En el orden del día figura el proyecto de derogación que se planteó durante el receso parlamentario, sin embargo, en dicha ocasión sugerirían tratar esta nueva propuesta, que modifica algunos aspectos puntuales, como ser el cálculo específico según tipo y gama de vehículo, y también se incluye a la Municipalidad de Asunción, que fue excluida de la modificación anterior.
Nueva propuesta de habilitación vehicular: costos según valor del vehículo y depreciación anual
El nuevo proyecto de ley plantea que el costo de la habilitación será calculado “sobre el 0,3% del valor imponible provisto por la Agencia Nacional de tránsito y Seguridad Vial (ANTSV) incluida la Municipalidad de Asunción”. Es decir, el costo varía según el valor de cada vehículo e irá disminuyendo según su depreciación, ya que el proyecto también establece que el costo irá decreciendo en razón de un 5% anual, hasta los 10 años.
Los proyectistas presentaron a modo de ejemplo algunos modelos de vehículos y el costo que tendrían, los cuales se representan en el siguiente cuadro:
Vehículo | Año | Valor imponible | Costo (consensuado) |
---|---|---|---|
Toyota Runx (Importado de Chile) | 2013 | G. 30.031.527 | G. 60.571 |
Kia Picanto New 1.0 Flex | 2020 | G. 40. 380.842 | G. 90.857 |
Toyota Vitz | 2016 | G. 51.522.444 | G. 85.012 |
Kia Rio | 2021 | G. 72.443.262 | G. 173.864 |
Toyota Corolla motor 2000 Diesel | 2018 | G. 95.745.520 | G. 186.704 |
Isuzu 4wd Crew 2800 Diesel | 2016 | G. 114.116.930 | G. 188.293 |
Mercedes Benz C-320 4-Matic 3200 Naftero | 2021 | G. 315.955.101 | G. 758.292 |
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Igualmente, se establecen topes mínimos y máximos, señalando que “en ningún caso el impuesto a la patente de rodados será inferior a 0,4 jornales diarios (G. 43.050 en la actualidad) y no podrá superar un salario mínimo legal vigente (G. 2.798.309 en la actualidad).
Entre otras diferencias, con la ley vigente, un automóvil 0 km. (sin importar que sea de lujo o económico) debe pagar el equivalente a seis jornales mínimos diarios (G. 645.762).