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Se trata de la polémica licitación de la Justicia Electoral por casi US$ 100 millones para adquirir 28 mil máquinas de votación, el software y los sistemas complementarios.
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Desde su convocatoria, la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas hizo 32 observaciones de presunto direccionamiento y tras semanas de suspensión, el ente liberó el proceso el 3 de abril último. A esto se suma que senadores de la oposición indagan si empresas vinculadas al presidente de la República Santiago Peña están detrás.
Ahora Contrataciones Públicas, cuyo titular es Agustín Encina, resolvió abrir una investigación de oficio ante nuevas denuncias de presunto direccionamiento en el pliego de bases y condiciones. Juan Emilio Oviedo Cabañas, director general de gabinete de la DNCP, designó a Rebecca Thompson como jueza y funcionaria responsable de sustanciar el procedimiento de investigación de oficio.
El nuevo denunciante no fue identificado en el documento de protesta subido al ID de Licitación N° 460034 en la web de la DNCP. En dicha licitación ya presentaron denuncias previas de direccionamiento las firmas Miru Systems Co Ltd y Aseguradora Tajy Propiedad Cooperativa S.A. De Seguros.
En su solicitud el nuevo denunciante pide disponer la suspensión de la licitación hasta que se resuelva la denuncia y modificar una serie de requisitos en el pliego de bases y condiciones.
La denunciante cuestiona que se exija exclusivamente experiencia en la venta de máquinas de votación excluyendo en forma arbitraria modalidades equivalentes.
“Estos disposiciones, consideradas de manera individual y en su conjunto están dirigidas a un solo oferente en particular, generando un efecto excluyente y desproporcionado que afecta gravemente las posibilidades de participación”, señalan.
Exigencias
Califican de desproporcionado exigir gerentes con títulos de ingeniería específicos y de experiencia laboral mínima de 10 años.
Califican de contradicción exigir una facturación mínima global (sin restricciones geográficas) de U$S 70 millones y limitar la experiencia de validez en el continente americano.
También se cuestiona que se exijan antecedentes rigurosos de experiencia de venta, no se exige que el modelo de máquina de votación ofertado haya sido implementado ni validado.
Igualmente sostienen que es un hecho que llama la atención es que nunca en la historia de la DNCP un proceso ha sido retenido con 32 observaciones por el claro direccionamiento de los requerimientos técnicos y financieros en detrimento de la ciudadanía.