MOPC habría violado ley en licitación para el “Gran” Hospital de Asunción

La adjudicación del Gran Hospital de Asunción al Consorcio GHA por G. 466.945 millones (unos US$ 63 millones) sigue suspendida. El Consorcio YVAGA, cuya oferta era US$ 11 millones más baja, fue descalificada bajo argumentos que irían contra la ley, según denuncian. Además, un memo del propio MOPC evidencia vicios en adjudicación.

El Hospital General de Asunción será similar al construído en el Sur.
El Hospital General de Asunción será similar al construído en el Sur.Gentileza

A través de la licitación MOPC N° 24/2025, el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), a cargo de Claudia Centurión, adjudicó para el diseño, construcción y mantenimiento del Gran Hospital de Asunción al Consorcio GHA, integrado por Benito Roggio e Hijos SA, MM SA e Isacio Vallejos Construcciones.

Sin embargo, la oferta presentada por el Consorcio Yvaga, conformado por TR Construcciones SA y Aponte Latorre SA, era considerablemente inferior, ascendiendo a G. 386.900 millones (aproximadamente US$ 52 millones).

Cuestionada licitación del Gran Hospital de Asunción
Cuestionada licitación del Gran Hospital de Asunción

La oferta ganadora, por su parte, se eleva a G. 466.945 millones (equivalentes a US$ 63 millones aproximadamente), lo que implica un sobreprecio de G. 98.167 millones (unos US$ 13 millones) respecto al presupuesto estimado inicialmente y US$ 11 millones más caro que la oferta descalificada.

Este sobreprecio del 26,6% es superior al porcentaje límite establecido por la normativa de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP).

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Principales cuestionamientos

La propuesta del Consorcio Yvaga fue desestimada basándose en una interpretación restrictiva de las bases que, según el consorcio descalificado, introdujo una exigencia no prevista en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC).

Además, el Consorcio Yvaga alega que la modificación ilegal de requisitos se hizo mediante consultas y no por adendas. Según señalan, las respuestas a consultas fueron utilizadas para establecer criterios restrictivos fuera de los plazos legales. En este sentido, la Ley 7021/22 y el Decreto 2264/24 son claros al especificar que cualquier modificación al pliego debe realizarse a través de una adenda, y no por medio de respuestas a consultas, que son un mecanismo de aclaración.

La aclaración emitida por el MOPC apenas cuatro días antes de la apertura de ofertas, según el Consorcio Yvaga, constituyó una modificación encubierta de los requisitos, afectando la seguridad jurídica y la transparencia del proceso.

Claudia Centurión
Claudia Centurión

Otro de los motivos que levantan suspicacias son las restricciones impuestas fuera de plazo. El MOPC respondió de forma restrictiva en la etapa de consultas, exigiendo que la experiencia clave proviniera de un único contrato hospitalario. Esta respuesta fue dada solo tres días antes de la presentación de ofertas, incumpliendo el plazo mínimo de seis días exigido por la normativa y sin la formalidad de una adenda.

Además, entre los argumentos para la descalificación señalaron una supuesta restricción de subcontratistas especializados.

A pesar de que los estudios preliminares del MOPC avalaban la inclusión de subcontratistas especializados, el comité de evaluación dictaminó que el Consorcio Yvaga no cumplía con la experiencia en la planta de tratamiento de agua para hemodiálisis al no corresponder a “un mismo hospital declarado”.

El PBC, según se puede corroborar en la web de la DNCP, permitía acreditar estas instalaciones mediante subcontratistas y no exigía un único contrato, incluso mencionaba “otros contratos”.

Cabe destacar que la planta de tratamiento de agua para hemodiálisis, una de las obras a ejecutar con subcontratistas, representa solo el 0.10% del monto total de la oferta. Es por esto también que, desde Yvaga, señalan que la decisión contradice el mismo PBC.

Memo interno

Un memorándum interno del MOPC Nro. 259/2025, remitido por la Arq. Leticia Herreros Cataldi a la Arq. Verónica Martínez, coordinadora de la Unidad Ejecutora de Proyectos de Infraestructura Pública, señala que el PBC original era claramente inclusivo, conforme a la Ley 7021/22, y permitía la participación de varios subcontratistas especializados, incluso compartidos entre empresas, con el fin de promover una mayor concurrencia y competencia en la licitación.

Sin embargo, al momento de calificar la oferta hicieron una interpretación basada en respuestas a consultas, fuera de lo previsto en el PBC.

Demora en protesta

El 8 de agosto pasado, la DNCP dispuso la apertura de una investigación, ordenando la suspensión de la continuidad del proceso de contratación.

El MOPC presentó su respuesta a la protesta el 19 de agosto, en la cual se ratificó en todos los aspectos de la evaluación realizada y solicitó el rechazo de la impugnación Desde esa fecha, la DNCP tiene 35 días para resolver el caso pero hasta ahora sigue pendiente de resolución.

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