Diputados aprueba dos proyectos para intentar frenar la “mafia de los pagarés”

La Cámara de Diputados aprobó con modificaciones dos proyectos de ley para intentar frenar la “mafia de los pagarés”. El primero plantea limitar el porcentaje de descuentos salariales a funcionarios públicos, que anteriormente podían llegar hasta el 100%. La otra iniciativa pretende evitar que el mismo pagaré sea usado para cobrar más de una vez, incluyendo “pagarés electrónicos”. Con los cambios, ambas propuestas legislativas vuelven a la Cámara de Senadores.

La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad de los presentes y con cambios primeramente el proyecto de ley “que establece procedimientos y límites para la autorización de descuentos y traba de embargos, sobre salarios y remuneraciones por servicios personales pagados en organismos y entidades del Estado”, el cual mantiene su parte sustancial, que es que no se podrá realizar descuento o embargo mayor al 50% del salario de funcionarios públicos, mensualmente.

La llamada “Mafia de los pagaréses un esquema delictivo público-privado, integrado por abogados privados, casas de cobro de deuda y funcionarios de Juzgados, que operaba realizando descuentos compulsivos a deudores, llegando incluso estas personas a pagar hasta cuatro veces una misma deuda. Esto era posible porque en diferentes juzgados se ejecutaba el mismo pagaré, con la complicidad delictiva de varios actores.

En muchos de estos casos, los descuentos eran automáticos mediante “convenios” con las instituciones estatales, que llegaban a debitar hasta el 100% del salario a los afectados, sin dejarle siquiera una moneda para el sustento diario.

Uno de los cambios principales es que se agrega un artículo sobre la “prelación” de los cobros, es decir, cómo se hará la priorización de qué deudas serán descontadas y cuales postergadas en el caso de que excedan el límite de 50%.

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En tal sentido, se priorizan los embargos por sobre los descuentos. “Se agrega un artículo que es muy importante en el cual se agrega la prelación de los cobros, porque hay muchas personas que tienen muchos descuentos, entonces se establece un prelación para que esto sea equitativo y tenga cierto orden”, destacó la diputada Rocío Vallejo (Partido Patria Querida).

Otro aspecto relevante es que se plantea que para proceder a los descuentos se exigirá autorización escrita o digital, la cual será revocable.

También se hicieron algunas modificaciones de forma, como cambiar términos como funcionario público o autoridades electas, por la figura de “servidor público”, en concordancia con la nueva Ley 7475 “de la Función Pública y la Carrera del Servicio Civil”.

También se establece como “falta grave”, por ende, causal de despido si alguno de los responsables de las instituciones que aplican el descuento, exceden el límite establecido.

“Se establece que el incumplimiento por parte de las instituciones empleadoras podrá ser denunciado ante la Unidad de gestión y desarrollo de las personas de la entidad empleadora, en reemplazo del Viceministerio de Capital Humano” del MEF, acota la presidenta de la Comisión de Presupuesto, Cristina Villalba, cuya comisión recibió a la viceministra de Capital Humano, Andrea Picaso para tener su parecer respecto a este proyecto.

El diputado Carlos Pereira (PLRA, PL) acotó que la labor principal ahora será publicar el alcance de esta ley para evitar que “más personas sigan siendo estafadas con el descuento de sus haberes jubilatorios” o sus salarios.

Proyecto para evitar cobros múltiples

Por otra parte, también se aprobó con modificaciones otro proyecto vinculado: Que “establece el Régimen de depósito de títulos de crédito originales, y modifica normas para la sustanciación de juicios ejecutivos promovidos ante los juzgados y tribunales de la República”.

Este establece que los Juzgados retendrán en carácter de “depositario judicial” los pagarés y otros títulos de crédito originales hasta que culmine el trámite de cobro, y los documentos solo podrán ser devueltos al deudor una vez que cancele su deuda.

Esto impedirá que el mismo documento pueda ser utilizado para iniciar procesos de cobro en paralelo en diferentes juzgados o en distintos procesos ejecutivos.

Entre las principales reformas introducidas -con acuerdo de los ministros de Corte Suprema de Justicia, Eugenio Jiménez y Alberto Martínez Simón- se encuentra el trámite para los “pagarés electrónicos”, para los cuales se requerirá que sean validados mediante firma electrónica certificada.

“Se ha sugerido la incorporación de dos articulados referentes al cotejo y desconocimiento de la firma, los cuales son fundamentales, debido a que no solo coadyuvarán a modernizar el Código Procesal Civil paraguayo en cuanto al objeto y procedimiento aplicado a las firmas electrónicas, sino que establecen claramente que serán admitidas y cómo serán cotejadas en la instancia judicial”, mencionó sobre uno de los cambios el presidente de la Comisión Industria, Comercio, Turismo y Cooperativismo, el cartista Héctor “Bocha” Figueredo.

También se agrega que “si el requerido negare la firma o la letra en su caso que se le atribuye a él u otra persona, deberá procederse a la comprobación del documento por medio de prueba pericial caligráfica, sin perjuicio de los demás medios de prueba, siempre que la parte interesada lo pidiere”.

Por otra parte, si fuera con firma electrónica cualificada, se verificará que cumpla con todos los requisitos y las normativas que regulen la materia.

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