Pedirán al JEM que fiscal que liberó a feminicida también sea juzgado por cantar polca Colorado

El fiscal Juan Daniel Benítez Miranda está en el centro de una fuerte controversia política y judicial. No solo por haber liberado a Derlis Adilson Dávalos, principal sospechoso de ser el autor del feminicidio de Antonia Salinas Espinoza en Santa Rosa del Aguaray (San Pedro), sino también por un hecho que generó un escándalo institucional: cantar y bailar la polca del Partido Colorado junto a la intendenta Silvia Trubger (ANR-HC). Fue en un festejo privado, cuya conducta lesiona las normas y la independencia de las instituciones.

El agente fiscal Juan Daniel Benítez cantó la polca colorada en conjunto con la intendenta de Santa Rosa del Aguaray, Silva Trugber, el 8 de setiembre pasado.
El agente fiscal Juan Daniel Benítez cantó la polca colorada en conjunto con la intendenta de Santa Rosa del Aguaray, Silva Trugber, el 8 de setiembre pasado.

En la sesión de la Cámara de Senadores se debatirán dos iniciativas distintas. Solo una de ellas figura en el orden del día, la otra dependerá que tengan sesión ordinaria y el pleno apruebe su inclusión en el orden del día, para ser tratado sobre tablas.

  • Proyecto de colorados y aliados (Lilian Samaniego y Dionisio Amarilla): Plantea que el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) investigue al fiscal únicamente por el grave error procesal de liberar a Dávalos. Días después cometió el feminicidio.
  • Proyecto opositor (Rafael Filizzola (PDP), José Oviedo (YoCreo), Yolanda Paredes (Cruzada Nacional) y Esperanza Martínez (Frente Guasu): Va más allá y exige que el JEM investigue al fiscal no solo por el caso de feminicidio, sino también por su conducta incompatible con la investidura fiscal al identificarse públicamente con un símbolo partidario al cantar la polca del Partido Colorado.

La polca del Partido Colorado como símbolo partidario

El video del fiscal cantando la polca del Partido Colorado se viralizó rápidamente en medios y redes sociales, generando críticas por comprometer su imparcialidad y neutralidad política.

La conducta de Benítez está expresamente prohibida por el artículo 14, inciso 1) de la Ley 6814/2021, que tipifica como causal de mal desempeño de funciones el ejercicio de actividad política o el uso de símbolos partidarios por parte de agentes fiscales.

De acuerdo con la misma normativa y con el Código de Ética del Ministerio Público, los fiscales tienen prohibido afiliarse a partidos políticos, participar en campañas de proselitismo o exhibir signos de identificación partidaria.

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Antecedentes del fiscal Juan Benítez

En la exposición de motivos de la oposición se menciona que no es la primera vez que el fiscal Juan Daniel Benítez aparece en la mira. En 2021, ya había recibido un apercibimiento del JEM por irregularidades procesales en un caso de homicidio en Curuguaty. Los opositores sostienen que existe un patrón de conducta que debilita la imagen institucional del Ministerio Público.

El proyecto de Samaniego y Amarilla ya está en el orden del día del Senado. En cambio, el del senador Filizzola y los opositores deberá ser solicitado sobre tablas, lo que anticipa un intenso debate político.

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El punto central será si la Cámara considera que el fiscal debe ser investigado únicamente por el feminicidio ocurrido en la ciudad de Santa Rosa del Aguaray, o si también corresponde analizar su conducta pública partidaria, que según los opositores, constituye una violación flagrante a la Ley 6814/2021 y al Código de Ética de la Fiscalía.

El punto se definirá en una Cámara donde los colorados tienen mayoría propia, sumado a los satélites de otros partidos y los liberocartistas que se sumaron para apoyar el primer proyecto de resolución.

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