Tras ser sucesivamente postergado desde el 19 de agosto pasado por falta de quorum en las sesiones, el proyecto de ley de “protección de datos personales en la República del Paraguay” hoy vuelve a estar en la agenda de la reunión ordinaria de Diputados, convocada para las 09:00, estando en juego nada más y nada menos que una “sentencia de muerte” a las leyes de transparencia de la información pública.
Esto es debido a que los cartistas bastardearon el objetivo original de la ley, incluyendo en el artículo 24 del proyecto una serie de disposiciones atentatorias contra las leyes de trasparencia estatal y acceso a información pública, empezando porque establece que cualquier funcionario estatal puede negarse a la provisión de datos públicos relacionados a él.
Sobre todo, la versión Diputados es la más nociva, puesto que implicará directamente la “muerte” de la Ley Nº 5189/14 sobre provisión de informaciones del uso de recursos públicos (transparencia activa) y de la Ley Nº 5282 de libre acceso ciudadano a la información y transparencia gubernamental, dado que, con la oposición del funcionario público a que se divulgue información públicas sobre él (tal como por ejemplo su salario y beneficios, su legajo, registro de asistencias y viajes pagados por el Estado, entre otros), un órgano estatal podrá disponer la denegación de datos públicos y solo podrá ser apelado vía judicial.
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La versión Senado, si bien también faculta a los funcionarios a denegar el acceso de datos públicos, al menos mantienen el alcance de la Ley Nº 5189/14 de transparencia activa, que es la que obliga a todas las instituciones a publicar mensualmente informaciones consideradas mínimas, tales como las planillas de funcionarios, viajes de sus autoridades, detalles de bienes, convenios suscritos, entre otros.
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A modo de ejemplo sobre lo peligroso de la iniciativa es que permitirían al presidente de la República, Santiago Peña, a negarse a proveer información sobre el caso de los “sobres del poder”, o cualquiera de los legisladores, oponerse a que se informe sobre sus “nepobabies” que están “mamando” del Estado.

Esto atenta contra el derecho constitucional de acceso a información pública y además ignora fallos históricos que remarcan que el interés privado de funcionarios públicos no puede estar por encima del interés general, al estar implicados fondos y cargos públicos.
Ley de protección de datos: necesitan mayoría absoluta
En esta etapa de tratamiento (tercer trámite legislativo) ya no existe la posibilidad de rechazo, por lo que Diputados deberá optar entre ratificarse en su versión (la más dañina) o aceptar las modificaciones del Senado. Para la ratificación necesitarán de mayoría absoluta (41 votos), que de no lograrlo, quedará sancionada la versión Senado.
De lo contrario, la última palabra la tendrá la Cámara Alta, que para ratificar su versión necesita también de mayoría absoluta (23 votos en su caso). Si no logran ratificarse, quedará sancionada la versión Diputados, la cual pasará al Ejecutivo para su promulgación o veto.
Santiago Peña, por su parte, también tiene la posibilidad del veto parcial, siendo lo ideal que pueda eliminar el artículo 24, sin embargo, no se ha mostrado muy afín a la transparencia.