La iniciativa es casi equiparable a la “cadena perpetua”, ya que plantea elevar la pena para 25 hechos punibles del Código Penal y establecer penas de cárcel de hasta 90 años, aunque revisables una vez cumplida la mayor parte de la condena.
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El proyecto de ley aún no cuenta con dictámenes de ninguna comisión, pero tiende a ser rechazado, ya que desde un inicio constitucionalistas y penalistas advirtieron de su eventual contravención a la Carta Magna.
Esto debido a que el artículo 20 de la Constitución “del objeto de las penas” establece que las “penas privativas de libertad tendrán por objeto la readaptación de los condenados y la protección de la sociedad”, y en el caso de la “prisión permanente” se estaría violando la posibilidad de la reinserción social eventualmente.
Rubin negó que esto se contraponga a la Constitución Nacional, alegando que pretende precautelar el aspecto de la “protección de la sociedad”.
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Entre otros casos para los cuales se elevarían las penas entre 50 a 90 años figuran:
- Homicidio doloso
- Homicidio múltiple
- Feminicidio
- Coacción sexual y violación con resultado de muerte
- El que cometiere parricidio o filicidio.
- El que cometiere asesinato contra periodistas en razón del ejercicio de su labor informativa o investigativa.
- El que cometiere asesinato contra policías o militares en servicio activo o en razón del cumplimiento de sus funciones oficiales.
- Los autores materiales e intelectuales de uno o más asesinatos cometidos en el marco del crimen organizado.
- Sicariato.
- Terrorismo de Estado y tortura con resultado de muerte
- Terrorismo contra el Estado y la Sociedad
Actualmente, la pena máxima establecida en el Código Penal es de 30 años, aunque en algunos casos se establecen medidas de seguridad adicionales que pueden elevar el tiempo en prisión.