En el marco de las advertencias sobre su inconstitucionalidad, la mayoría oficialista y aliados por 24 votos ratificaron y remitieron al Poder Ejecutivo la versión del Senado. Desde distintos sectores políticos de la oposición instaron al presidente Santiago Peña a vetar la norma, para evitar lo que califican como un “retroceso histórico” en materia de transparencia y control ciudadano.
Los senadores Rafael Filizzola (PDP) y Yolanda Paredes (Cruzada Nacional) coincidieron en que tanto la versión del Senado como la de Diputados violan el artículo 28 de la Constitución Nacional, que establece que “las fuentes públicas de información son libres para todos”.
“El artículo 28 (de la Constitución) dice claramente que las fuentes públicas de información son libres. Las libertades no se cercenan. Con este proyecto se viola la Constitución y se mata la ley de acceso a la información pública”, afirmó Filizzola, quien pidió al presidente Peña que vete la ley.
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Filizzola también criticó duramente al Gobierno, al que acusó de consolidar la impunidad y los conflictos de interés. “Este gobierno se inaugura cerrando la Secretaría Nacional Anticorrupción. Pusieron al presidente de Basa en el Ministerio de Economía, al presidente de Ueno en el Banco Central y al accionista de Ueno como presidente de la República. Claro que iban a matar la ley de conflictos de interés”, sentenció.
“Si defienden la transparencia, debieron rechazar antes”
La senadora Paredes recordó que si los legisladores oficialistas realmente estaban a favor de la transparencia, debieron rechazar la versión de Diputados cuando fue devuelta al Senado. Por su parte, Elías Kobilansky (Cruzada Nacional) remarcó que “quien ingresa al sector público tiene que mostrar todo”. “No sé qué parte no entienden”, recriminó a sus colegas.
El senador Patrick Kemper (ANR-Honor Colorado) defendió con firmeza la versión del Senado y sostuvo que la responsabilidad no será del presidente Peña, sino del Congreso.
“No es responsabilidad del presidente Peña; es nuestra. Si se aprueba la versión de Diputados, los culpables seremos nosotros”, manifestó.
“Entre Frankenstein y Drácula, ¿quién da más miedo?”
Con ironía, la senadora Esperanza Martínez (Frente Guasu) calificó el proyecto como una mezcla de “versión Frankenstein y versión Drácula”, y advirtió que el trasfondo es mantener un sistema de cleptocracia.
“El problema real de las normas que limitan el control ciudadano es la cleptocracia, el gobierno de los corruptos, donde los líderes toman la riqueza pública para su beneficio. Y eso se parece mucho al Paraguay”, denunció.
El senador Ignacio Iramain (Independiente) cuestionó ambas versiones del proyecto y consideró que ninguna puede aprobarse sin violar la transparencia.
“Lo lógico es abstenernos. Pero si el presidente quiere tener algún grado de purificación, deberá rechazar esta ley por improcedente”, expresó.
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El senador Colym Soroka (ANR, aliado cartista) admitió que el texto “nació mal, sigue mal y va a terminar mal”. “Es un proyecto errado de forma y de fondo. Le dejamos un duro trabajo al presidente”, reconoció.
En tanto, Natalicio Chase (ANR-HC) sostuvo que resulta “llamativo” que la oposición critique un proyecto cuyos autores originales fueron de partidos tradicionales como el PLRA y el PPQ. No mencionó que dicho proyecto original fue modificado por la mayoría cartista
Con la ratificación del Senado, el proyecto de ley de datos personales pasa ahora al Poder Ejecutivo. Desde la oposición, piden al presidente Santiago Peña que ejerza su poder de veto, advirtiendo que la norma pone en riesgo la transparencia y el derecho constitucional de acceso a la información pública.
“Que el oficialismo se haga cargo de su criatura. Yo no voy a votar esta inconstitucionalidad”, concluyó Filizzola.
El polémico artículo de la versión Senado que viola la Constitución
Del tratamiento de datos en el sector público.
Artículo 24. Del Acceso a la Información Pública y Protección de Datos.
El derecho de acceso a la información obrante en fuentes públicas podrá ser denegado o limitado, cuando tal medida resultase necesaria para evitar un perjuicio concreto a la protección de uno de los intereses privados inherentes a la protección de los datos personales, de conformidad con las reglas y principios establecidos en la presente ley y de acuerdo con el trámite previsto en el presente artículo.
La excepción de acceso a la información pública procederá únicamente cuando el daño causado al interés protegido sea mayor al interés público de obtener el acceso a la información.
