22 de febrero de 2026

A partir del 1 de enero de 2023 el movimiento de ovinos y caprinos solo se realizará con el Certificado Oficial de Tránsito de Animales (COTA) y de la Guía de traslado y transferencia. También se estableció, el valor que servirá como base imponible para la comercialización de este tipo de ganado, y que será del 1 por ciento del valor de cada animal, según resolución del Senacsa.




La Cámara de Diputados aprobó ayer, en su sesión extraordinaria, una declaración que insta al Poder Ejecutivo, concretamente al Ministerio de Relaciones Exteriores, a mediar ante la Cancillería de la República Federativa del Brasil sobre el anuncio del Ejecutivo brasileño de que reducirá la cota permitida de compras de sus ciudadanos en nuestras ciudades fronterizas.