4 de febrero de 2026

El viernes 16 del agónico primer mes del 2026, el Gobierno de Santiago Peña publicaba los decretos 5306 y 5307, que establece el régimen tarifario para “industrias convergentes” y “Power to X”. La UIA reaccionaba de inmediato con un Comunicado de protesta. Le siguieron otras organizaciones del ámbito energético. Hoy, con la irrupción del especialista Ing. Nelson Cristaldo en defensa de la decisión del Ejecutivo, el debate se enriquece.

El presidente de la ANDE, Félix Sosa, descartó que el proyecto de ley que pretende crear el Ministerio de Industria, Comercio, Turismo, Minas y Energías, que en debate en el Congreso, derive en una privatización de la institución o en la pérdida de su carácter autárquico. Sin embargo, reconoció que existen aspectos a ajustar y admitió la necesidad de un ente regulador independiente.

BUENOS AIRES. El Gobierno de la ciudad de Buenos Aires anunció este martes que aceptará criptomonedas para el pago de impuestos locales y de algunos trámites, una medida que busca aprovechar la alta adopción de criptoactivos en Argentina.

Atómico 3 S.A., una empresa legalmente constituida en Paraguay y presentada en su sitio web como dedicada al desarrollo y optimización de la actividad minera —especialmente la tokenización de reservas de litio—, enfrenta una denuncia penal en Argentina por presunta estafa vinculada a un supuesto proyecto de prospección en la provincia de San Juan.

Una empresa de criptomoneda constituida en Paraguay fue denunciada penalmente en Argentina por presunta estafa vinculada a un supuesto proyecto de litio en la provincia de San Juan. La firma, Atómico 3 S.A., había firmado en 2024 un memorándum de entendimiento con la ministra de Obras Públicas y Comunicaciones de Paraguay, Claudia Centurión.

Resulta loable matizar que el sistema internacional se ha enfocado en los nuevos parámetros financieros, tal como se percibe a partir de lo expresado por el Grupo de Acción Financiera (GAFI) bajo la denominación “Recomendaciones”, y en vista a que en el año (2018) dispuso la “ampliación” de la (Recomendación 15) a los efectos de corresponder a la identificación de los activos virtuales.