15 de agosto de 2025
El director de Inversiones del IPS, Hugo Díaz, defendió la eliminación del requisito de patrimonio efectivo para colocar fondos de jubilaciones. Según justificó aquel criterio ya estaba “desfasado”. Sin embargo, las nuevas reglas generan críticas por abrir margen a colocaciones más riesgosas.
El Instituto de Previsión Social (IPS) bajó el puntaje mínimo para las entidades financieras interesadas en “recibir” fondos de jubilaciones como Certificado de Depósito de Ahorro (CDA). Coincidentemente, este cambio se produjo cuando apenas asumió Jorge Brítez como presidente de la previsional. Tras las modificaciones en el reglamento, algunos bancos aparecen con un importante aumento de inversión por parte del IPS en CDA.
Ni siquiera los diputados oficialistas quedaron satisfechos con las explicaciones dadas por el titular del IPS, Jorge Brítez, sobre la operación de compra de bonos de ueno bank. Por ese motivo, exigieron documentos respaldatorios que avalen la cuestionada operación.
El presidente Santiago Peña reaccionó ofuscado cuando en una ronda de prensa fue abordado por un periodista de ABC Color sobre la existencia o no de conflicto de intereses respecto a la millonaria inversión de fondos jubilatorios del IPS. Y es que el primer mandatario es ahorrista en el banco ueno y accionista en el ueno Holding, negocios vinculados a un mismo grupo empresarial, vínculos sobre los cuales el titular del Ejecutivo no parece hallar ningún conflicto de intereses, pero lo más importante de todo, no quiere aclarar ni le interesa explicar, solo agraviar. El presidente firmó la semana pasada en Córdoba, Argentina, durante la Asamblea de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), la Declaración de Chapultepec, que es una declaración de principios que los países y gobiernos firman y ratifican reconociendo que la libertad de expresión y la de prensa no son una graciosa concesión de ninguna autoridad de turno sino derechos inalienables de un pueblo. Y que ambas garantías son necesarias para construir una sólida democracia.
Recordemos que cuando apenas Santiago Peña asumía la Presidencia, una de sus primeras obras de gobierno fue la modificación, o mejor dicho, la mutilación de la Ley de Conflicto de Intereses que fuera promulgada por su antecesor Mario Abdo Benítez apenas un año antes. Entre otras cosas, Por Ley 7236, se modificaron varios artículos de la Ley “Que establece el régimen de prevención, corrección y sanción de conflictos de intereses en la función pública”. Entre esas modificaciones, Santiago Peña eliminó la indicación de que en caso de incumplimiento de la Ley será considerado “mal desempeño de funciones” y por ende causal de juicio político. Es decir, a pocos meses de asumir el cargo, el actual jefe de Estado se había asegurado de que, en caso de cometer algún hecho calificado por la Ley como conflicto de intereses, éste no sería considerado como causal de mal desempeño en sus funciones.
La decisión del Consejo del Instituto de Previsión Social (IPS) de dejar sin efecto una resolución en la que se establece que el haber mínimo ya no sea del 75% del salario básico, fue calificado de ilegal por parte de Pedro Halley, vocero de la Unión Nacional de Jubilados del Paraguay (UNJP). No descartó que esta determinación se discuta en el ámbito judicial.