27 de noviembre de 2024
En el contrato de seguros, en caso de robo o pérdida total del vehículo, da derecho al asegurado de hacer exigible la indemnización, pero a su vez debe tener la capacidad jurídica de transmitir la propiedad o ceder sus derechos sobre el bien cuando haya percibido la indemnización y a los efectos mismos de la subrogación.