21 de diciembre de 2025
El vicio propio surge del fenómeno lógico de que hay cosas que, por su naturaleza, están sometidas a un proceso de transformación, degeneración o mutación. Los productos perecibles cumplen su destino, que es el de perecer o transformarse, en forma inexorable. Hablamos entonces de un proceso natural, inherente al ser de la cosa misma. No importa cuánto hagamos para conservar una cosa perecedera en su estado original, esta terminará por cumplir el ciclo de la naturaleza y se terminará degenerándose o transformándose. Por ello, al hablar de la destrucción, hablamos en realidad de la pérdida de aquellas cualidades o condiciones de la cosa que hemos tenido a la vista y que tiene un valor comercial.
La contaminación del medioambiente es un problema que se hace cada vez más visible. Los daños ecológicos causados por la contaminación, sea esta del aire, del agua, o del suelo, pueden originar desembolsos de altísimas sumas de dinero que se deben invertir si se quiere retrotraer la situación a la existente antes de la ocurrencia del daño contaminante. Por ejemplo, un derrame de combustible en la costa del río o un vertedero de sustancias tóxicas en las aguas que abastezcan las necesidades de una población, o en la acción de los residuos procedentes de refinerías o industrias químicas en los suelos agrícolas aledaños, etc., son situaciones que en algún momento las hemos tenido o se están registrando en algún punto del país.
En el primer congreso nacional de peritos tasadores de seguros celebrado en Barcelona, en marzo de 1982, se definió muy bien la figura del perito como “... aquella persona física experta y legalmente capacitada en cuanto al estudio, clasificación y evaluación de los riesgos, a la prevención y reconstrucción de los siniestros, determinando sus causas y circunstancias, a la tasación de los daños y a la determinación de la propuesta de las indemnizaciones en base al contrato de seguro que ampare los bienes siniestrados...”.
Dentro de la cobertura de incendio y todo riesgo operativo aparece la cobertura delimitada de interrupción del negocio o llamado también pérdida de beneficios. En un entorno empresarial cada vez más volátil, donde lo inesperado puede paralizar las operaciones en cuestión de horas, el seguro de interrupción del negocio se alza como una herramienta financiera crucial, indispensable para la continuidad y supervivencia de cualquier empresa. Más que una póliza adicional, es un salvavidas que garantiza que tras un siniestro cubierto, el flujo económico de la compañía pueda restablecerse, minimizando el impacto financiero de la paralización.
La evaluación de riesgos en seguros es el proceso que utilizan las aseguradoras para identificar, analizar y cuantificar la probabilidad y el impacto de futuros siniestros o eventos adversos que pueda sufrir el asegurado. Es lo que se da en llamar proceso de suscripción. Es fundamental este análisis para determinar las primas que se cobrarán y las condiciones de cobertura. Para poder evaluar el riesgo es necesaria la información, es decir los datos del cliente o del bien a asegurar. Luego los factores que puedan incidir en el riesgo como la probabilidad de ocurrencia y gravedad de un posible siniestro, el capital a asegurar, su duración, la localidad y riesgos colindantes, las medidas preventivas, como alarmas, sistemas anti-incendios, monitoreo remoto o controles (para bienes) o las actividades que realiza, estado de salud etc. (para personas).
El contrato de seguros, por naturaleza, es un contrato de duración y su extinción es por esencia el cumplimiento del plazo acordado por las partes que se presume es de un año (artículo 1561 Código Civil). Por tanto, y salvo pacto en contrario, el contrato se extingue a las veinticuatro horas del último día del plazo establecido.