19 de enero de 2026


La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) del Ministerio de Hacienda emitió la Resolución General N° 114 por la cual establece el procedimiento para el registro de los prestadores de servicios digitales no residentes que cuenten o no con representación o poder en el país y el mecanismo para la liquidación y pago del impuesto a la renta de no residentes (INR). Los servicios de las empresas del exterior afectados son Netflix, Spotify, Uber, Bolt y varios otros.

El Poder Ejecutivo emitió el decreto Nº 6515 por el cual reitera que desde el 1 de enero entra en vigencia la retención del Impuesto a la Renta de No Residentes (INR) en el país, pero dispone un cambio en la modalidad de percepción del tributo para las empresas que proveen servicios digitales como Netflix, Spotify, Uber y otros, y ya no será retenido por las entidades financieras a través de las tarjetas, esto a fin de evitar que el recargo caiga a los usuarios.
