Fiscala Adjunta rechaza recusación de Erico Galeano

La fiscala adjunta Soledad Machuca rechazó la recusación presentada por el senador Erico Galeano (ANR-HC) contra los fiscales Silvio Corbeta y Deny Yoon Pak en la causa en la que se procesa al referido parlamentario por lavado de dinero y asociación criminal.

Erico Galeano
Erico Galeano, baja las escaleras del Poder Judicial.

 La fiscala Adjunta de la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción (UDEA), Soledad Machuca, confirmó al frente del proceso penal abierto contra el legislador colorado cartista Erico Galeano Segovia, a los fiscales Silvio Corbeta Dinamarca y Deny Yoon Pak, quienes estuvieron a cargo de la investigación.

A partir de este acto, el legislador Erico Galeano tiene un plazo de tres día hábiles para impugnar esta resolución ante el fiscal general del Estado, Emiliano Rolón Fernández.

En su análisis, la fiscala Adjunta Soledad Machuca identificó que el senador fundó su incidente en base a una supuesta “falta de objetividad” por parte de los fiscales, señalando que los mismos “solicitaron medidas cautelares como prisión preventiva, bloqueo de cuentas y embargo de bienes de manera arbitraria y excesiva”.

Así también se refirió a lo dicho por Galeano, sobre el “abuso del derecho” por parte de los fiscales, con relación al pedido de prisión hecho al juzagdo sobre el imputado que, justamente que el magistrado haya dictado el arresto domiciliario evidencia el respeto por la presunción de inocencia y el control judicial sobre las decisiones fiscales.

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Galeano señaló como causal de recusación, que el fiscal Corbeta en varias ocasiones expresó ante la prensa que “un ciudadano común estaría en un lugar de reclusión”. Sobre esto, Machuca indicó que no se constató que esa manifestación haya tenido el fin de vulnerar la presunción de inocencia.

Hay intención de obstruir diltar y obstruir el proceso, dice Adjunta

En otro párrafo del dictamen de Fiscalía Adjunta, Soledad Machuca hizo princiapl énfasis en que, la causa se encuentra en etapa de juicio oral y público y que la recusación fue presentada por el legislador colorado Erico Galeano solo minutos antes de que inicie el debate.

Esto, según lo referido por Machuca, “evidencia una clara intención de obstruir y demorar el procedimiento, afectando el derecho a una tutela judicial efectiva y el debido proceso”.

A todo esto sumó la Fiscala Adjunta e hizo hincapié en que el escrito de recusación “fue presentado por un abogado que, conforme lo expresado por el agente fiscal Silvio Corbeta, no ejerce la defensa técnica reconocida en el proceso”.

Agregó que “las alegaciones del recusante se sustentan en interpretaciones subjetivas, sin respaldo probatorio, y en desacuerdos juridicos que no configuran motivos válidos para la recusación”.

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Sentención con que “no se puede acoger favorablemente una recusación cuando se basa en reprobaciones vinculadas a la tarea investigativa del agente fiscal o actuaciones procesales consideradas inconvenientes por el incidentista, pues, como se tiene explicado, debe darse una circunstancia fäctica concreta con relación a los fiscales recusados que afecte el criterio de objetividad, extremo que no se verifica en la causa que ocupa estas consideraciones”.

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Acusación contra Erico Galeano

egún la acusación de los fiscales Deny Yoon Pak y Silvio Corbeta, el legislador cartista no solo consiguió beneficios económicos a sabiendas de que provenían del narcotráfico de la organización liderada por el acusado Miguel Ángel “Tío Rico” Insfrán Galeano y el prófugo Sebastián Marset Cabrera, sino que además Galeano Segovia habría permitido que “Tío Rico” pueda introducir al sistema financiero legal sus activos, con la compra de un bien inmueble en el condominio “Aqua Village”, del distrito de Altos.

El Ministerio Público también sostiene que Erico Galeano vendió el inmueble a Hugo Manuel González Ramos, el 14 de octubre del año 2020 por la suma de US$ 1.000.000, que el legislador colorado recibió en efectivo y en el acto de transacción.

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La acusación fiscal señala que el parlamentario cartista “estaba consciente de que el verdadero dueño del dinero era el señor Miguel Insfrán, no así su prestanombre y, a pesar de ello, optó por seguir adelante con las negociaciones y de esa manera encubrir al verdadero comprador”.

El Ministerio Público agrega que precisamente el ahora legislador acusado vendió su inmueble por un precio mucho mayor al valor del mercado, en plena época de emergencia sanitaria por la pandemia de covid-19, porque sabía con seguridad que obtendría la suma que solicitó en su oferta, además cobró en efectivo, sin pasar por los rigurosos controles de los entes pertinentes.

Fiscalía resalta vínculos con Marset y “Tío Rico”

La acusación fiscal señala que el senador cartista Erico Galeano estuvo al servicio de la organización criminal que traficaba cargamentos de cocaína desde el territorio nacional a países de África y Europa, en el periodo comprendido entre los años 2020 y 2021.

En ese sentido, el ahora acusado habría brindado apoyo logístico al esquema criminal, con el préstamo de la aeronave con matrícula ZP-BHQ para que los líderes del esquema narco, es decir, Miguel “Tío Rico” Insfrán, Sebastián Marset y otros que actualmente están acusados en el caso “A Ultranza Py” puedan trasladarse dentro del territorio nacional, de acuerdo con la acusación fiscal.

Los presuntos criminales utilizaron dicha aeronave, que en ese entonces estaba a nombre de la empresa Alpina SA, propiedad del senador Erico Galeano, debido a que la flota de cinco aeronaves que pertenecía a Tío Rico fue incautada el 8 de octubre del año 2020 en un operativo encabezado por los fiscales Marcelo Pecci (+) y Alicia Sapriza, en el aeródromo “Arayán”, ciudad de Areguá.

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A cambio de la provisión de la aeronave, Erico Galeano habría recibido sumas de dinero provenientes del tráfico de cocaína, que insertó dentro del sistema financiero legal con la adquisición de bienes muebles e inmuebles.

Según la Fiscalía, Erico Galeano invirtió el dinero que recibió de los traficantes de cocaína, en el Club Deportivo Capiatá, específicamente la suma de G. 10.379.049.589.

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